Vitae Naturals se encuentra inscrita en la base de datos de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESAN) y tiene dos correspondientes Registros Sanitarios para los diferentes productos fabricados.
Registro Sanitario 26.10361 TO
Registro Sanitario 31.01833 TO
HACCP
Tal y como establece la legislación española, el Registro General Sanitario de Alimentos (RGSA) implica el desarrollo por parte de la empresa fabricante de un plan APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control) que garantice la seguridad alimentaria de los productos fabricados. En nuestro caso, Vitae Naturals ha desarrollado exhaustivamente un plan APPCC basado principalmente en las premisas establecidas en el Codex Alimentarius (y otros estándares alimentarios como BRC, IFS, etc.) y que contempla un detallado Análisis de Riesgos incluyendo la determinación de aquellos Puntos Críticos de Control existentes en el proceso productivo.
Cabe destacar que dos de los productos de la gama de Vitae Naturals cuentan con declaración nutricional aprobada bajo el Reglamento (EU) 1924/2006.
FDA
Vitae Naturals es una empresa registrada en la US Food and Drug Administration (FDA) como fabricante de ingredientes alimentarios y aditivos desde el año 2003. Este registro es avalado por exhaustivas auditorías in situ. En Abril de 2014 la FDA llevó a cabo la primera inspección en nuestras instalaciones en la que estuvieron presentes las Autoridades Sanitarias españolas.
SEDEX
Vitae Naturals es miembro de SEDEX con el fin de gestionar las prácticas éticas y de responsabilidad social a lo largo de su cadena de suministro. Vitae Naturals ha sido sometida a auditorías de comercio ético de tipo “SMETA 4-Pillars” basadas en el Código Básico de Inciativas de Comercio Ético (Ethical Trading Initiative ETI Base Code) con resultados positivos.
Vitae Naturals tiene un código ético que incluye responsabilidades éticas y sociales y que es aplicable tanto a nivel interno como a nivel de sus proveedores.
Haga click aquí para ver Código ético.
El Reglamento (CE) Nº 1831/2003 establece un procedimiento comunitario para la autorización de la comercialización y uso de los aditivos para alimentación animal.
Dado que algunos de los productos de Vitae Naturals son muy demandados en este sector, en su momento se consideró necesaria la participación en diversos consorcios para proceder al registro de los mismos y presentar de manera conjunta una única solicitud de autorización, junto con otras empresas fabricantes y distribuidoras del sector.
Esta participación ha implicado, además de un gran esfuerzo económico por parte de Vitae Naturals, la pertenencia a una serie de consorcios desde donde se debate y enfoca toda la información necesaria,para la autorización de nuestros productos como aditivos para el sector animal.
Para la obtención del registro de nuestros productos en el sector de alimentación animal Vitae Naturals ha participado en dos consorcios:
“Vitapherole E” range (d-alpha tocopherol)
(CAS Reg No: 59-02-9)
“Vitapherole E acetate” range (d-alpha tocopheryl acetate)
(CAS Reg No: 58-95-7)
El dossier de solicitud de autorización para estos dos productos ha sido presentado y la EFSA ha emitido su opinión favorable a la autorización. Ver documento.
Por otra parte, y como paso final de todo el proceso, la Comisión Europea también ha aprobado la autorización de la vitamina E como aditivo alimentario para todas las especies animales, mediante el Reglamento (EU) Nº 26/2011. Ver documento.
“Vitapherole T” range (mixed tocopherols)
(CAS Reg d-alpha, beta-gamma, delta No: 59-02-9, 490-23-3, 54-28-4, 119-13-1)
El dossier de solicitud de autorización para este producto ha sido presentado y la EFSA ha emitido su opinión favorable a la autorización. Ver documento.
Por otra parte, y como paso final de este proceso, la Comisión Europea también ha aprobado la autorización de la mezcla de tocoferoles como aditivo alimentario para todas las especies animales mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1152.
El Reglamento (CE) Nº 1907/2006 relativo al Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de las Sustancias y Preparados Químicos (REACH), tiene por objeto regular todo el ámbito de comercialización de las sustancias químicas en la Unión Europea. Los productos fabricados y comercializados por Vitae Naturals que son de aplicación a este Reglamento son los siguientes:
“Vitapherole E” range (d-alpha tocopherol)
(CAS Reg. No: 59-02-9)
“Vitapherole T” range (mixed tocopherols)
(CAS Reg d-alpha, beta-gamma, delta No: 59-02-9, 16698-35-4, 54-28-4, 119-13-1)
“Vitasterol S” range (mixed phytosterols)
(CAS Reg Campesterol, Stigmasterol, Beta-Sitosterol, Beta-Sitostanol
No:474-62-4,83-48-7,83-46-5, 84-45-4)
Todos estos productos son comercializados por Vitae Naturals en el sector cosmético, el cual se ve afectado por el reglamento REACH. Actualmente, Vitae Naturals cumple con REACH al 100% ya que el proceso de registro de los productos arriba mencionados ha finalizado con éxito dentro del plazo establecido en la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA).
“Vitasterol S” range (mixed phytosterols)
Registrado en Septiembre 2013
Número de registro: 01-2119969654-22-0006
“Vitapherole E” range (d-alpha tocopherol)
Registrado en Febrero 2018
Número de registro: 01-2120087339-44-0001
“Vitapherole T” range (mixed tocopherols)
Registrado en Febrero 2018
Número de registro: 01-2120087841-49-0002
Gracias a este registro nuestros clientes podrán seguir utilizando nuestros productos de manera segura.
Por otra parte, en el año 2010 Vitae Naturals procedió a llevar a cabo la Notificación sobre Clasificación y Etiquetado de las sustancias anteriormente mencionadas según el Reglamento (CE) Nº1272/2008 (CLP)
En su papel de usuario intermedio, Vitae Naturals coopera con sus proveedores asegurándose de que las materias primas y otras sustancias utilizadas para la fabricación de nuestros productos cumplen los requerimientos del Reglamento REACH.
Es importante destacar que Vitae Naturals ha sido inspeccionada por el Ministerio de Sanidad en materia de REACH, verificándose el total cumplimiento con las obligaciones establecidas en el citado Reglamento.
Vitae Naturals se encuentra inscrita en la base de datos de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESAN) y tiene dos correspondientes Registros Sanitarios para los diferentes productos fabricados.
Registro Sanitario 26.10361 TO
Registro Sanitario 31.01833 TO
HACCP
Tal y como establece la legislación española, el Registro General Sanitario de Alimentos (RGSA) implica el desarrollo por parte de la empresa fabricante de un plan APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control) que garantice la seguridad alimentaria de los productos fabricados. En nuestro caso, Vitae Naturals ha desarrollado exhaustivamente un plan APPCC basado principalmente en las premisas establecidas en el Codex Alimentarius (y otros estándares alimentarios como BRC, IFS, etc.) y que contempla un detallado Análisis de Riesgos incluyendo la determinación de aquellos Puntos Críticos de Control existentes en el proceso productivo.
Cabe destacar que dos de los productos de la gama de Vitae Naturals cuentan con declaración nutricional aprobada bajo el Reglamento (EU) 1924/2006.
FDA
Vitae Naturals es una empresa registrada en la US Food and Drug Administration (FDA) como fabricante de ingredientes alimentarios y aditivos desde el año 2003. Este registro es avalado por exhaustivas auditorías in situ. En Abril de 2014 la FDA llevó a cabo la primera inspección en nuestras instalaciones en la que estuvieron presentes las Autoridades Sanitarias españolas.
SEDEX
Vitae Naturals es miembro de SEDEX con el fin de gestionar las prácticas éticas y de responsabilidad social a lo largo de su cadena de suministro. Vitae Naturals ha sido sometida a auditorías de comercio ético de tipo “SMETA 4-Pillars” basadas en el Código Básico de Inciativas de Comercio Ético (Ethical Trading Initiative ETI Base Code) con resultados positivos.
Vitae Naturals tiene un código ético que incluye responsabilidades éticas y sociales y que es aplicable tanto a nivel interno como a nivel de sus proveedores.
Haga click aquí para ver Código ético.
El Reglamento (CE) Nº 1831/2003 establece un procedimiento comunitario para la autorización de la comercialización y uso de los aditivos para alimentación animal.
Dado que algunos de los productos de Vitae Naturals son muy demandados en este sector, en su momento se consideró necesaria la participación en diversos consorcios para proceder al registro de los mismos y presentar de manera conjunta una única solicitud de autorización, junto con otras empresas fabricantes y distribuidoras del sector.
Esta participación ha implicado, además de un gran esfuerzo económico por parte de Vitae Naturals, la pertenencia a una serie de consorcios desde donde se debate y enfoca toda la información necesaria,para la autorización de nuestros productos como aditivos para el sector animal.
Para la obtención del registro de nuestros productos en el sector de alimentación animal Vitae Naturals ha participado en dos consorcios:
“Vitapherole E” range (d-alpha tocopherol)
(CAS Reg No: 59-02-9)
“Vitapherole E acetate” range (d-alpha tocopheryl acetate)
(CAS Reg No: 58-95-7)
El dossier de solicitud de autorización para estos dos productos ha sido presentado y la EFSA ha emitido su opinión favorable a la autorización. Ver documento.
Por otra parte, y como paso final de todo el proceso, la Comisión Europea también ha aprobado la autorización de la vitamina E como aditivo alimentario para todas las especies animales, mediante el Reglamento (EU) Nº 26/2011. Ver documento.
“Vitapherole T” range (mixed tocopherols)
(CAS Reg d-alpha, beta-gamma, delta No: 59-02-9, 490-23-3, 54-28-4, 119-13-1)
El dossier de solicitud de autorización para este producto ha sido presentado y la EFSA ha emitido su opinión favorable a la autorización. Ver documento.
Por otra parte, y como paso final de este proceso, la Comisión Europea también ha aprobado la autorización de la mezcla de tocoferoles como aditivo alimentario para todas las especies animales mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1152.
El Reglamento (CE) Nº 1907/2006 relativo al Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de las Sustancias y Preparados Químicos (REACH), tiene por objeto regular todo el ámbito de comercialización de las sustancias químicas en la Unión Europea. Los productos fabricados y comercializados por Vitae Naturals que son de aplicación a este Reglamento son los siguientes:
“Vitapherole E” range (d-alpha tocopherol)
(CAS Reg. No: 59-02-9)
“Vitapherole T” range (mixed tocopherols)
(CAS Reg d-alpha, beta-gamma, delta No: 59-02-9, 16698-35-4, 54-28-4, 119-13-1)
“Vitasterol S” range (mixed phytosterols)
(CAS Reg Campesterol, Stigmasterol, Beta-Sitosterol, Beta-Sitostanol
No:474-62-4,83-48-7,83-46-5, 84-45-4)
Todos estos productos son comercializados por Vitae Naturals en el sector cosmético, el cual se ve afectado por el reglamento REACH. Actualmente, Vitae Naturals cumple con REACH al 100% ya que el proceso de registro de los productos arriba mencionados ha finalizado con éxito dentro del plazo establecido en la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA).
“Vitasterol S” range (mixed phytosterols)
Registrado en Septiembre 2013
Número de registro: 01-2119969654-22-0006
“Vitapherole E” range (d-alpha tocopherol)
Registrado en Febrero 2018
Número de registro: 01-2120087339-44-0001
“Vitapherole T” range (mixed tocopherols)
Registrado en Febrero 2018
Número de registro: 01-2120087841-49-0002
Gracias a este registro nuestros clientes podrán seguir utilizando nuestros productos de manera segura.
Por otra parte, en el año 2010 Vitae Naturals procedió a llevar a cabo la Notificación sobre Clasificación y Etiquetado de las sustancias anteriormente mencionadas según el Reglamento (CE) Nº1272/2008 (CLP)
En su papel de usuario intermedio, Vitae Naturals coopera con sus proveedores asegurándose de que las materias primas y otras sustancias utilizadas para la fabricación de nuestros productos cumplen los requerimientos del Reglamento REACH.
Es importante destacar que Vitae Naturals ha sido inspeccionada por el Ministerio de Sanidad en materia de REACH, verificándose el total cumplimiento con las obligaciones establecidas en el citado Reglamento.
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